La LOPD
será de aplicación a los datos de carácter personal
registrados en soporte físico, que los haga susceptibles
de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior
de estos datos por los sectores público y privado.
Se regirá por dicha Ley todo tratamiento
de datos de carácter personal:
- Cuando el tratamiento sea efectuado en territorio
español en el marco de las actividades del responsable
del tratamiento
- Cuando al responsable del tratamiento no establecido
en territorio español, le sea de aplicación la legislación
española en aplicación de normas de Derecho Internacional
público
- Cuando el responsable del tratamiento no esté establecido
en territorio de la Unión Europea y utilice en el
tratamiento de datos medios situados en territorio
español, salvo que tales medios se utilicen únicamente
con fines de tránsito
De lo dicho en los parrafos anteriores,
se puede resumir que la LOPD es de obligado cumplimiento
para todas aquellas intituciones públicas o privadas
que realicen algún tipo de tratamiento con datos
personales, por ejemplo:
- Fichero de nóminas
- Registro de clientes
- Prospección comercial
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